Ante la situación que atraviesan muchos negocios a consecuencia del cierre o la disminución de actividad por el estado de alarma, en estos meses se han ido publicando algunos decretos que ayudarían a pymes y autónomos al flexibilizar las condiciones de abono de sus suministros energéticos. Sin embargo, estas ayudas tenían una serie de condicionantes, consecuencias y requisitos que hay que cumplir para que sean efectivas. Presentamos aquí una recopilación de los mismos:

Aplazamiento de las facturas de luz y gas

Mientras estuviese vigente el estado de alarma se podían fraccionar los importes de las facturas, mientras estuvieran vinculadas al lugar o lugares de trabajo y que la empresa se viese afectada directamente por esta situación. Las entidades que se acogieron a esta ayuda deberán tener en cuenta que el importe total se dividirá en seis y se irán cobrando mensualmente entre junio y noviembre de este año.

Reducción de la potencia contratada

Para adaptarse a las necesidades de cada empresa durante el estado de alarma, se permitía la reducción de la potencia sin coste. Para recuperar la potencia anterior sin penalización por el nuevo cambio la solicitud deberá hacerse antes del 21 de septiembre de este mismo año.

En el caso de querer superar la potencia anteriormente contratada se deberá gestionar un Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) asumiendo su coste. Es recomendable abordar todos los cambios tras un estudio técnico en el que se detallen las necesidades energéticas de las instalaciones básicas. Para tramitar una subida de potencia se debe realizar con la misma comercializadora y con el mismo titular de contrato.

Gas Natural

Es posible modificar el caudal diario contratado para ajustarse a las pautas de consumo, aunque no hayan pasado doces meses desde la última modificación y también se ha incluido un nuevo escalón de peaje al consumo anual actualizado. Hasta el 21 de septiembre de 2020 se puede volver a las condiciones anteriores, en un plazo de 5 días naturales y sin coste adicional.

Suspensión del suministro

Los negocios que decidieron o tuvieron que cortar el suministro, tanto de luz como de gas, podrán volver a solicitarlo sin coste dependiendo de la empresa suministradora. Por ejemplo, en el caso de Endesa tiene que ser antes del 21 de septiembre de 2020.