El programa MOVES pretende contribuir al cumplimiento de los objetivos de «descarbonización» del sector transporte en la Unión Europea, promoviendo la adquisición de vehículos eléctricos así como la infraestructura de recarga adecuada. Está dirigido a personas físicas y autónomos, comunidades de propietarios y personas jurídicas, es decir, cualquier persona, administración, entidad o empresa que quiera adquirir un vehículo eléctrico, híbrido enchufable o de pila de combustible. También quienes tengan previsto instalar un punto de recarga eléctrico. Cada comunidad autónoma está publicando individualmente la convocatoria, así que es necesario consultar las condiciones dependiendo del domicilio del solicitante.

Está dividido en dos programas complementarios para poder implementar el sistema completo de transporte eléctrico:

Programa de incentivos para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos

La adquisición podrá ser directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (también llamado leasing operativo) de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda, salvo en los casos de renting en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de renting. Además, la fecha de factura de compraventa y fecha de matriculación deberá ser posterior al 9 de abril de 2021. También será subvencionable la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1, N1, L3e, L4e y L5e y con hasta nueve meses de antigüedad (vehículos de demostración).

Cuantía de las ayudas

El importe de las ayudas a la compra de vehículos, en función de su tipología y del tipo de destinatario último de la ayuda. Para el caso de particulares, autónomos o administración, estas ayudas pueden llegar hasta los 7.000 € (9.000 con achatarramiento) en el caso de comerciales de hasta 3.500 kg ,categoría N1, y hasta los 4.500 € (7.000 con achatarramiento) en el caso de vehículos turismos categoría M1.Si no se dispone de un vehículo para entregar, la ayuda máxima será de 4.500 euros.

Aparte de la subvención, la persona recibirá un descuento adicional de al menos 1.000 euros por parte del concesionario para la adquisición de turismos y furgonetas.

Programa de incentivos al despliegue de infraestructura de recarga

La infraestructura de recarga subvencionable, a través de  la modalidad de adquisición directa, podrá ser tanto de acceso público, como privado. Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable la preinstalación eléctrica  y de servicio de comunicaciones para dotar de recarga inteligente a la recarga vinculada de vehículo eléctrico.

La infraestructura de recarga podrá ser de cualquier potencia y estar destinada a los siguientes usos:

  • Uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares.
  • Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).
  • Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.
    Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.
  • Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos.
  • Uso público en red de carreteras, siendo de especial interés la infraestructura de recarga en estaciones de servicio y gasolineras.

Costes subvencionables

El proyecto, la obra civil, los costes de ingeniería y dirección de obra, el coste de la propia infraestructura de recarga, la instalación o actualización de cualquier elemento eléctrico, incluido el transformador, trabajos de conexión a la red de distribución, centros de seccionamiento y transformación y acometida de media tensión, necesarios para conectar la infraestructura de recarga a la red o a la unidad de producción o almacenamiento local de electricidad, la adecuación de terrenos o carreteras, los costes de instalación y costes por permisos relacionados y necesarios.

Para autónomos, particulares, comunidades de propietarios y entidades locales que no desarrollen actividad empresarial las ayudas cubrirán el 70% del coste de la instalación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos o de las actuaciones de preinstalación de recarga en comunidades de propietarios.

En el caso de las empresas, la ayuda cubrirá el 35% del coste de la infraestructura de recarga de acceso público con potencia mayor o igual a 50 kilovatios (kW) y el 30% del coste de infraestructuras de uso privado o público con potencia inferior a 50 kW.